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Inicio»Opinión»Editorial»El caso Rivas Cuéllar: el amparo no puede ser refugio, ni la ausencia una sentencia
Editorial

El caso Rivas Cuéllar: el amparo no puede ser refugio, ni la ausencia una sentencia

Redacción Las NoticiosasPor Redacción Las Noticiosas26 de octubre de 2026No hay comentarios4 min de lectura
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La información que circula en medios de Tamaulipas señala que Enrique Rivas Cuéllar, exalcalde de Nuevo Laredo, habría salido de México con destino a Estados Unidos luego de que un tribunal federal le negara la protección de la justicia. Es necesario ser preciso: hasta ahora no existe confirmación oficial de su paradero, y este medio no puede presentar como hecho consumado una salida que no ha sido acreditada por autoridad competente. Pero la ausencia de confirmación tampoco es un dato neutro. Se trata de una persona vinculada a proceso con prisión preventiva justificada pendiente de ejecución, y corresponde al Estado establecer, con prontitud y de manera pública, dónde está y si cumplió o no con la medida judicial que lo obligaba a presentarse.

Lo que sí está documentado es la secuencia jurídica. El 7 de julio de 2025 se formuló imputación en su contra dentro del expediente CP 38/2023; cinco días después, el Juzgado de Control de Nuevo Laredo lo vinculó a proceso por los presuntos delitos de ejercicio ilícito del servicio público y uso ilícito de atribuciones y facultades, le impuso prisión preventiva justificada y le otorgó 48 horas para presentarse voluntariamente, plazo que, según los antecedentes citados, no cumplió. El 14 de julio promovió el amparo indirecto 358/2025; obtuvo suspensión provisional y, el 22 de julio, suspensión definitiva, que impidió su ingreso al CEDES mientras se resolvía la controversia. El juicio fue sobreseído el 10 de marzo de 2026 y, tras el recurso de revisión A.R. 132/2026, el Segundo Tribunal Colegiado de Reynosa resolvió por unanimidad el 1 de octubre revocar la sentencia recurrida y negarle el amparo. El 8 de octubre, el mismo tribunal declaró sin materia el A.R. 314/2025. La vía judicial, en lo que a esta medida corresponde, quedó cerrada.

Sobre el fondo del asunto conviene igualmente la precisión. La investigación se refiere a presuntas irregularidades en el manejo de recursos municipales por más de 50 millones de pesos, entre ellas la adquisición de un inmueble destinado a un Centro de Convenciones por 66 millones 702 mil 144 pesos. Son imputaciones, no una condena: rige la presunción de inocencia y el proceso penal es el único espacio legítimo para acreditarlas o descartarlas. Dicho eso, la gravedad de las cifras y el hecho de que un tribunal colegiado haya negado la protección federal por unanimidad son razones suficientes para exigir que este caso se dirima en un juzgado y no en un comunicado, una versión periodística o una ausencia prolongada.

En el terreno del análisis, el caso obliga a mirar un problema estructural. El amparo es una garantía irrenunciable y no un obstáculo a vencer; sin él no hay Estado de derecho posible. Pero cuando una medida cautelar se encadena con recursos sucesivos y la ejecución de una prisión preventiva se difiere durante más de un año, el sistema judicial debe revisar sus tiempos procesales sin suprimir garantías. La suspensión no absuelve ni condena: solo pospone. Y una suspensión que se agota no puede traducirse, en los hechos, en impunidad. Las autoridades judiciales y la Fiscalía de Tamaulipas tienen la obligación de explicar con claridad qué ocurrió entre la notificación de la negativa del amparo y la eventual salida del exfuncionario, y si existió alguna falla en el aseguramiento de su localización.

La posición de este medio es doble y no admite matices cómodos. Primero: si Rivas Cuéllar salió del país evadiendo una medida judicial, debe activarse la ficha de localización y, en su caso, la solicitud de extradición conforme al tratado vigente con Estados Unidos; ninguna frontera debe ser el final de un expediente. Segundo: no se puede convertir la sospecha en condena ni la cobertura mediática en sustituto del tribunal. Cualquier vínculo con otros personajes políticos, incluidos los que la información disponible apenas enuncia, debe acreditarse en el expediente y no en la especulación. El caso Rivas Cuéllar será una prueba concreta de si las instituciones de Tamaulipas funcionan cuando el señalado es un exgobernante municipal con redes y recursos: exigimos la confirmación oficial de su paradero, la ejecución de la medida si procede, y el mismo rigor probatorio que se reclama a cualquier ciudadano.

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