La Corte Suprema de Estados Unidos permitió el 29 de septiembre de 2026 que el gobierno de Donald Trump reanude las deportaciones de migrantes a países distintos al suyo mientras el tribunal analiza el fondo del caso. Los argumentos orales están programados para el 9 de diciembre.
En una orden breve y sin firma, la Corte aceptó la solicitud de emergencia del gobierno y dejó en suspenso la orden del juez federal Brian Murphy, en Boston, que impedía esas expulsiones si el migrante no recibía aviso del tercer país de destino y una oportunidad real de plantear sus objeciones. Los jueces Sonia Sotomayor, Elena Kagan y Ketanji Brown Jackson habrían negado la solicitud. La orden no explica los motivos de la mayoría.
El caso se llama Department of Homeland Security v. D.V.D. Además de decidir si la política del Departamento de Seguridad Nacional (DHS) es legal, la Corte pidió a las partes que aborden si el juez Murphy tenía facultades para resolver los reclamos de los migrantes y dejar sin efecto la guía del DHS.
Qué significa la decisión
La medida es provisional: no resuelve el fondo del asunto. Mientras la Corte no decida, el gobierno puede mantener activas las deportaciones a terceros países, sin las garantías que había fijado el tribunal inferior.
¿Cómo afecta esto a mexicanos, hispanos o residentes fronterizos?
La posibilidad de ser enviado a un país con el que no se tiene vínculo, donde no hay redes de apoyo ni conocimiento del idioma, aumenta la vulnerabilidad de las personas en proceso migratorio y complica su acceso a recursos legales o humanitarios. Las familias con integrantes en trámite pueden enfrentar mayor incertidumbre mientras dure la suspensión.
Qué hacer
Quienes enfrentan un proceso de deportación deben consultar de inmediato a un abogado de inmigración o a una organización especializada en derechos de migrantes para evaluar sus opciones. Conviene seguir las novedades del caso, en especial la audiencia del 9 de diciembre.
Nota de corrección (12 de octubre de 2026): la primera versión de esta nota mezclaba el concepto de «tercer país seguro» con las deportaciones a terceros países y no citaba fuentes. El texto fue reescrito con la información publicada por NPR y SCOTUSblog sobre la orden de la Corte Suprema del 29 de septiembre de 2026.
Fuentes: NPR, SCOTUSblog
