El organismo divide en ocho grupos generales las vías de elegibilidad; la residencia por empleo abarca desde trabajadores con habilidades extraordinarias hasta inversionistas extranjeros.
El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) agrupa en ocho categorías generales las vías para obtener la residencia permanente, y dentro de la solicitud por empleo distingue las categorías preferenciales EB-1, EB-2 y EB-3, además de la EB-5 para inversionistas, según el detalle publicado por El Cronista.
Antes de iniciar el trámite, el organismo recomienda identificar cuál categoría de elegibilidad corresponde a cada solicitante, ya que no todas las personas pueden acceder bajo las mismas condiciones ni presentar el mismo formulario. Cada vía establece requisitos y condiciones específicas, señala el medio argentino El Cronista en su sección de inmigración.
Las ocho categorías generales que agrupan subcategorías más específicas son: residencia permanente a través de la familia; a través del empleo; como “inmigrante especial”; por estatus de refugiado o asilado; para víctimas de trata de personas y delitos; para víctimas de abuso; a través de otras categorías; y a través del Registro.
Dentro de la vía laboral, quienes califiquen deben encajar en alguna de las categorías establecidas por USCIS. Las principales son las preferenciales EB-1, EB-2 y EB-3, destinadas a distintos trabajadores y profesionales, y la EB-5, orientada a inversionistas extranjeros.
La categoría EB-1, o de primera preferencia, incluye a personas con habilidades extraordinarias en ciencias, artes, educación, negocios o deportes; a profesores e investigadores destacados; y a determinados gerentes o ejecutivos de empresas multinacionales.
La EB-2, de segunda preferencia, comprende a profesionales con un título académico avanzado o su equivalente, y a personas que demuestren una habilidad excepcional en ciencias, artes o negocios. Dentro de esta categoría también existe la posibilidad de solicitar una Exención por Interés Nacional (NIW, por sus siglas en inglés), que elimina el requisito habitual de contar con una oferta de empleo y una certificación laboral si se demuestra que la actividad reúne las condiciones para beneficiar a Estados Unidos.
La EB-3, de tercera preferencia, abarca a trabajadores calificados cuyos puestos requieren al menos dos años de capacitación o experiencia; a profesionales cuyos empleos exigen como mínimo un título universitario; y a otros trabajadores, para puestos que requieren menos de dos años de capacitación o experiencia.
La categoría EB-5, en tanto, está destinada a inversionistas extranjeros que invierten capital de origen legal en una nueva empresa comercial en Estados Unidos. Para calificar, el solicitante debe realizar la inversión mínima exigida para el proyecto correspondiente y demostrar que la empresa creará o preservará al menos 10 empleos permanentes de tiempo completo para trabajadores estadounidenses calificados.
El material de El Cronista no precisa montos de inversión específicos para la EB-5 ni el desglose completo de subcategorías; la lista íntegra con categorías y subcategorías está disponible para consulta en línea. La recomendación del organismo es verificar primero qué categoría corresponde a cada caso antes de presentar la solicitud, ya que de ello depende el formulario y los requisitos aplicables.
Fuentes: El Cronista
