La cancillería sostiene que el Tratado de Límites de 1970 fija la división en el centro del cauce y que solo la CILA puede determinar de qué lado queda cada isla.
La Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) rechazó este viernes la declaración del gobierno de Texas de que nueve islas ubicadas sobre el río Bravo pertenecen a esa entidad estadounidense, y advirtió que la frontera entre México y Estados Unidos no puede modificarse por la decisión de un gobierno estatal.
La postura mexicana respondió a lo dicho el lunes pasado por la Oficina General de Tierras de Texas (GLO, por su sigla en inglés), que informó haber identificado nueve islas “como propiedad perteneciente a dicho estado” y sostuvo que podía acceder a ellas, supervisarlas y protegerlas.
“Ahora que la GLO ha confirmado que estas nueve islas pertenecen al estado de Texas”, las fuerzas del orden podrán “despejarlas de cualquier actividad ilegal que pudieran encontrar”, declaró la comisionada de tierras Dawn Buckingham, citada en un comunicado difundido por la dependencia texana.
En una nota informativa, la cancillería mexicana contestó que “la frontera entre México y Estados Unidos no puede modificarse por decisión de un gobierno estatal” y que “sus límites se definen por criterios establecidos en un tratado internacional”. El despacho agregó que el Tratado de Límites de 1970 establece que la división internacional corre por el centro del cauce normal del Río Bravo y que ese límite “determina la soberanía de las tierras en ambos lados de la frontera”.
El diario El Siglo de Torreón, que reprodujo el comunicado, precisa que la cancillería añadió una precisión: el límite fija la soberanía “independientemente de la soberanía previa que hayan tenido esas tierras”. Ambos textos coinciden en las citas y en el fundamento jurídico invocado por la SRE.
Sobre quién tiene la última palabra, la cancillería fue explícita: “La Comisión Internacional de Límites y Aguas (CILA) es la instancia facultada por ambos gobiernos para aplicar el Tratado y determinar de qué lado del límite se encuentra cada isla. Ninguna autoridad estatal tiene esa atribución”. La CILA es un organismo binacional, es decir, no depende de una sola de las partes para resolver sobre el terreno.
El despacho también recordó otro punto del tratado: ninguno de los dos países puede construir obras que, a juicio de la CILA, puedan desviar u obstruir el escurrimiento normal del río. Esa cláusula es relevante porque el reclamo texano se refiere a accidentes geográficos que se forman y se desplazan con el propio movimiento del cauce.
La declaración de la GLO se produce en un contexto de roce recurrente entre autoridades estatales de Texas y el gobierno federal mexicano en materia de frontera, aunque el comunicado de la cancillería no menciona otros episodios ni anuncia medidas de respuesta.
Lo que no está confirmado: hasta la publicación de esta nota no se informó si la SRE presentó una nota diplomática formal ante el gobierno de Estados Unidos, si la GLO o la oficina del gobernador de Texas respondieron al pronunciamiento mexicano, ni cuáles son los nombres y la ubicación precisa de las nueve islas señaladas. Tampoco se detalló si México solicitará una verificación de campo de la CILA.
La disputa, por ahora, es de carácter jurídico y diplomático: Texas afirma propiedad con base en un levantamiento de su oficina de tierras; México responde que solo un tratado bilateral y un organismo binacional pueden definir dónde termina un país y empieza el otro.
El antecedente inmediato es el Tratado de Límites de 1970, que ambos gobiernos reconocen como marco para cualquier diferendo sobre el cauce del río Bravo. Cualquier cambio en la línea fronteriza requiere, según la cancillería, la aplicación de ese instrumento por la Comisión Internacional de Límites y Aguas, no una declaración estatal. La evolución del caso depende de si Texas insiste en su postura o si el asunto se canaliza por la vía diplomática formal.
Fuentes: Por Esto!, El Siglo de Torreón
